Encaminan MORENA y MC despenalización del aborto en Durango
Durango, Durango.- Previo a la conmemoración del 8M, en el Congreso del estado se presentaron diversas iniciativas de ley enfocadas al respeto de los derechos de las mujeres por parte del grupo parlamentario del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).
Una de las iniciativas presentadas corresponde a la tipificación de la violencia vicaria, pero también hay otro asunto que ha sido evitado durante varios años en el Palacio legislativo de Durango y que ahora cuenta con el aval de al menos 13 diputados locales, tanto de Morena, Partido Verde y Movimiento Ciudadano (MC).
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Morena y MC encaminan el aborto en Durango
La diputada Delia Enríquez presentó la iniciativa de reforma a los artículos 148 y 149 del Código Penal del estado con el objetivo de despenalizar el aborto en el estado.
La legisladora morenista expresó que el aborto es un asunto de salud pública así como de respeto a los derechos humanos de las mujeres y a la fecha, 22 estados ya legislaron al respecto. "Durango no puede quedarse atrás", sentenció.
La también activista subrayó que son las mujeres en condición de pobreza quienes corren mayor riesgo al recurrir a abortos clandestinos ante la falta de recursos económicos para pagar un procedimiento profesional, no así las mujeres con una mejor condición económica, quienes tienen otras opciones para interrumpir un embarazo no deseado.
También fue enfática al establecer que se buscará sea aprobada en la presente Legislatura y que se socializará la propuesta con la población.
Ezequiel García, quien minutos antes rindió protesta como legislador de Movimiento Ciudadano ante la salida de Martín Vivanco, también se unió a la iniciativa presentada por Morena, la cual fue turnada a la Comisión de Justicia.
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¿Qué dice el Código Penal sobre el aborto en Durango?
En el capítulo IV del Código Penal del estado, artículo 148, se tipifica el delito de aborto como "quien provoque la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo".
En el artículo 150, se establece que se impondrá de uno a tres años de prisión y multa de setenta y dos a doscientos dieciséis veces la Unidad de Medida y Actualización, a la mujer que diere muerte al producto de su propia concepción o consintiere en que otro se la diere.
Por este motivo, Durango quedó fuera de la lista nacional de hospitales del ISSSTE para interrumpir embarazo, conforme al “Acuerdo del Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, que garantiza la aplicación del procedimiento para la Interrupción Legal del Embarazo (ILE)”.
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