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IEPC recluta personal, disponibles vacantes de trabajo

IEPC convoca a ciudadanos para ocupar vacantes e integrarse al personal de Consejos Municipales Electorales.

Fachada del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana. Foto: Cortesía.
Por:Isaura Retana

DURANGO, Durango.- Si eres mayor de edad y buscas trabajo, el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana te ofrece una opción, hay 147 vacantes disponibles para ocupar cargos de Presidencias, Secretarías y Consejerías de los Consejos Municipales Electorales.

La convocatoria abre en septiembre, del 18 al 30 de ese mes, podrás realizar tu registro vía internet en la página https://reclutamiento.appsiepcdurango.mx/ o pedir asesoría en las oficinas del IEPC ubicadas en calle Litio, de Ciudad de Industrial en la capital.

¿Qué son y cuál es la función de los Consejos Municipales?

Los Consejos Municipales son los Órganos encargados de la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electoral dentro de su ámbito de competencia.

Por mandato constitucional y legal los Consejos Municipales observarán, en todas sus actuaciones, los principios de certeza, legalidad, imparcialidad, objetividad, equidad e independencia y máxima publicidad.

Requisitos para integrar el Consejo Municipal.

  1. • Ser ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos políticos;
  2. • Nativo de la entidad o con residencia probada no menor de dos años;
  3. • Tener un modo honesto de vivir;
  4. • Contar con su credencial para votar con fotografía vigente;
  5. • No ser Secretario del Despacho del Poder Ejecutivo, ni Fiscal o Vicefiscal del Estado, ni Subsecretario u Oficial Mayor en la administración pública estatal o municipal, a menos que se separe de su encargo, un año antes al día de su nombramiento;
  6. • No ser ni haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político durante los últimos tres años;
  7. • No ocupar ni haber ocupado cargo de elección popular; ni haber sido registrado como candidato a cargo alguno de elección popular en los últimos tres años anteriores a la designación;
  8. • Ser de reconocida probidad y poseer los estudios y conocimientos suficientes para desempeñar adecuadamente sus funciones, y
  9. • No haber sido condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial.


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