SCJN avala multas por no usar cubrebocas en Nuevo León, hay excepciones
Piden aplicar consulta pública para incluir a las personas con discapacidad
CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló las sanciones previstas en la Ley Estatal de Salud de Nuevo León contra quienes incumplan con el uso obligatorio de cubrebocas durante emergencia sanitaria declarada, como la pandemia de COVID-19, incluyendo a mayores de edad, y padres de familia responsables de menores.
En el comunicado publicado detalla que los ministros invalidaron cualquier sanción referente a personas con discapacidad intelectual, porque que el Congreso de Nuevo León debe realizar una consulta pública para incluir a este sector de la población en la legislación.
La invalidez sobre las personas con discapacidad intelectual surtirá efectos dentro de los 18 meses siguientes a que se notifique la resolución al Congreso local que después deberá realizar la consulta pública.
Los ministros declararon constitucional el artículo que establece sanciones como multas de hasta cinco veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a quien incumpla con esta disposición.
Esta multa puede ser conmutable por arresto administrativo hasta por 36 horas o trabajo a favor de la comunidad hasta por ocho horas.
Las sanciones únicamente serán aplicables a los mayores de edad y en el caso de menores de dos a 18 años, los responsables serán sus padres o tutores.
Aquí si quieres leer el comunicado íntegro de la SCJN.