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¿De viaje? Debes conocer tus derechos al viajar en avión

Profeco detalló en un comunicado los derechos de los viajeros en caso de algún retraso o demora en los vuelos.

Por: Alicia Pardo

NUEVO LEÓN.- Semana Santa llegó y con ella las esperadas vacaciones planeadas y ahora a disfrutarlas y con ello es indispensable conocer los derechos y obligaciones de los pasajeros que viajarán en avión. 

En un comunicado de Profeco detalló las disposiciones relacionadas de los pasajeros contenidas en la Ley de Aviación Civil, donde señala que es obligatorio por parte de las aerolíneas y de las agencias de viaje, quienes tienen a cargo las ventas de pasajes, reservas y chequeo en mostradores.


Derechos de pasajeros.

Dentro de sus derechos, están las políticas de compensación, conocer motivos de retrasos, demora o cancelación, medidas de seguridad operacional y tener la información para presentar sus quejas o reclamaciones en cada una de las terminales.

La información debe ser proporcionada de manera clara y a través de sitios web, puntos de atención, mostradores, centrales de reserva, módulos de atención al pasajero y en cada asiento de la aeronave o medios impresos con que se cuentes a bordo. 


Demora mayor a 4 horas o cancelación del vuelo

Si la aerolínea es responsable, el pasajero tiene la opción de elegir lo siguiente.


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¿Sobreventa de boletos?

El pasajero tiene la opción de elegir los beneficios que aplican por la supuesta cancelación por sobreventa de boletos. 

Tienen primero preferencia para abordar personas con discapacidad, adultos mayores, menores no acompañados y embarazadas. 


El viajero debe tener acceso a comunicaciones

En retrasos, demoras y cancelaciones, el pasajero en espera debe tener acceso como mínimo y sin cargo extra, a llamadas telefónicas y correos electrónicos. 


¿Qué hacer en caso de aterrizar en un lugar distinto?

Si se aterriza en un lugar distinto por caso fortuito o fuerza mayor, el pasajero tiene derecho a ser trasladado por los medios de transporte más rápidos disponibles al destino contratado. 



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Pagos de compensaciones e indemnizaciones

Para el pago de compensaciones, deben cubrirse en un período de 10 días naturales posteriores a la reclamación, excepto alimentos, bebidas y hospedaje, los cuales deben cubrirse cuando ocurra el retraso, demora o cancelación. 

Profeco explicó en el comunicado los derechos de los viajeros, consúltalo aquí. 

Además, señala otros derechos como lo relacionado con viajes redondos o vuelos con conexión. Cambios de itinerarios, los derechos de personas con discapacidad e infantes. Transporte de animales domésticos, equipaje y pérdida del mismo. 



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