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SSP: Sujetos que transitaban con armas en Mérida resultan ser cazadores

¿Qué se sabe sobre las personas transitando con armas en Juan Pablo II? Foto: SSP
Por:Ulises Ramírez

MÉRIDA, Yucatán.- Un operativo policiaco se activó al poniente de Mérida, en el fraccionamiento Juan Pablo II, cuando elementos de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) inspeccionaron a nueve personas que transitaban en dos vehículos portando escopetas.

Esto recuerda a los disparos accidentales que se reportaron en Monte de Piedad y que la SSP aclaró.

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¿Qué se sabe sobre las personas transitando con armas en Juan Pablo II?

La SSP indicó que los individuos se identificaron como miembros de la Asociación de Tiradores, Cazadores y Pescadores Asociados de Matamoros A.C.

Los hombres presentaron la documentación que acreditaba la legal posesión de 10 escopetas y cartuchos, así como los permisos para su actividad cinegética.

En la camioneta Tahoe blanca con placas de Tamaulipas viajaban un conductor mexicano y tres ciudadanos estadounidenses. En un Jeep blanco con placas de Yucatán, iban otro conductor mexicano y cuatro acompañantes también de Estados Unidos.

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¿Cumplían con la ley el transporte las armas?

Las armas eran transportadas conforme a la normativa vigente: desabastecidas, en sus estuches y separadas de los cartuchos dentro de las cajuelas de los vehículos. La SSP verificó la autenticidad de los documentos con la Secretaría de la Defensa Nacional y, al confirmarse su legalidad, permitió que los cazadores continuaran su trayecto.

Este tipo de operativos ayuda a escalreser los hechos que suelen alarmar a la comunidad yucateca y a intervenir en casos donde sí se amerite de la detención de las personas.

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¿Qué armas son legales portar en México?

En México, la portación legal de armas está regulada por la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA). Para protección del hogar, se permiten pistolas y revólveres de calibres hasta .380” o .38” Especial, excluyendo ciertos modelos como .38” Súper o .357” Magnum.

En el caso de parcelas o ejidos, se autorizan carabinas, rifles y escopetas en calibres específicos, con restricciones en la longitud del cañón. Para caza y tiro deportivo, se permite el uso de armas largas y cortas, siempre que el portador sea miembro de un club cinegético.

Los coleccionistas pueden registrar armas solo para exhibición, con un permiso especial. La portación fuera del domicilio requiere una Licencia Particular Individual.

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