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CDMX

¿Qué trabajadores tendrán descanso obligatorio en Semana Santa? Esto indica la LFT en CDMX

Si bien Semana Santa se considera una fecha importante, veamos qué dice la LFT en CDMX sobre si el descanso es obligatorio.

Animación de trabajadores de Banco. Foto: Freepik | Canva
Animación de trabajadores de Banco. Foto: Freepik | Canva

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Por: Araceli Bernal

CIUDAD DE MÉXICO.- La LFT dicta los derechos de los trabajadores, en este caso puedes checar cuánto tiempo tienes que trabajar para que te toquen utilidades.  

¿Según la LFT es obligatorio descansar en Semana Santa? 

La Semana Santa representa una de las celebraciones religiosas más significativas en el país mexicano. Esto es lo que establece la Ley Federal del Trabajo. También podría interesarte: si laboras el 17 de marzo deberías recibir un pago mayor, ya sea el doble o el triple.

Entre las obligaciones de la Ley Federal del Trabajo se encuentra la determinación de jornadas de descanso obligatorias. Mientras que los estudiantes en México disfrutarán de un receso completo, los empleados tendrán que continuar asistiendo a sus trabajos.

La Semana Santa no es reconocida como un periodo de descanso según la Ley Federal del Trabajo, ni siquiera un solo día de esta festividad religiosa. Durante este tiempo, la presencia laboral es necesaria y el salario es el habitual.

¿Cuáles son los días obligatorios de descanso, establecidos por la LFT? 

Los otros días de descanso obligatorio establecidos por la Ley Federal del Trabajo para el año 2025 son los siguientes:

  • lunes 17 de marzo (Nacido de Benito Juárez)
  • jueves 1 de mayo (Día del Trabajo)
  • martes 16 de septiembre (Día de la Independencia de México)
  • lunes 17 de noviembre (Revolución Mexicana)
  • jueves 25 de diciembre (Navidad).
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¿Qué trabajadores tienen establecido descansar en Semana Santa? 

Aparte de la LFT, establece que reglas debes cumplir en el trabajo para que no te bajen tu salario, existen dos ocupaciones que tienen oficialmente garantizados sus días de descanso durante la Semana Santa.

En primer lugar, se encuentran los empleados de los bancos regulados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), ya que en su calendario de actividades de 2025 tienen libre el Jueves y el Viernes Santo (17 y 18 de abril).

En segundo lugar, están los docentes de las instituciones bajo la Secretaría de Educación Pública (SEP). Igualmente a los estudiantes, podrán disfrutar de las dos semanas que se han establecido: del 14 al 25 de abril. Las clases volverán a iniciarse el lunes 28 del mismo mes.

La LFT, es quien establece las normativas que se deben seguir en un centro de trabajo, tanto empleados, como patrones. El alcance de la LFT, llega al punto de promover multas de hasta 500 mil pesos por acoso laboral.

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