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México

¿En qué consiste la nueva Ley Ambiental y cómo beneficia a ciudadanos?

Ante la aprobación de esta nueva ley habrá sanciones económicas para aquellos que causen daños a elementos naturales de la Ciudad de México.

De fondo Circuito Serpientes y Escaleras, Martí Batres. Foto: @SEDEMA_CDMX/@martibatres
De fondo Circuito Serpientes y Escaleras, Martí Batres. Foto: @SEDEMA_CDMX/@martibatres

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Por: Maureen Hernández

CIUDAD DE MÉXICO.- El Gobierno de la Ciudad publicó este jueves 18 de julio el decreto de la nueva Ley Ambiental de la Ciudad de México, que sustituye a la Ley Ambiental de Protección a la Tierra.

Esta legislación, impulsada por el Jefe de Gobierno, Martí Batres, y modificada y aprobada por el Congreso capitalino el 10 de junio, tiene como objetivo principal garantizar el derecho humano a un medio ambiente sano y proteger la salud de todos los habitantes para su desarrollo integral. Además, busca mantener el equilibrio ecológico y preservar el patrimonio biocultural de la región.

Entre sus disposiciones destacan la prohibición de la privatización del servicio de agua potable, asegurando el acceso libre a este recurso. También introduce los 'Cinturones Verdes' para limitar la expansión urbana sobre áreas de conservación.

La ley establece que las áreas verdes deben ser aumentadas o conservadas, y cualquier reducción por obras públicas o privadas debe ser compensada con superficies equivalentes o mayores. Se fomenta la plantación de especies nativas o naturalizadas para fortalecer la conectividad ecológica en la Ciudad.

En la Ciudad de México está prohibida la privatización del agua en cualquier modalidad; así como los servicios que derivan de su suministro y cobro, por lo que la gestión del agua es pública y sin fines de lucro.

Capítulo VII de la Ley Ambiental de la CDMX, 

Artículo 159.

 

La Ley Ambiental incluye 'Cinturones verdes'

Además, esta nueva Ley Ambiental de la capital añade la categoría “Cinturones verdes”, misma que buscará evitar la expansión de la mancha urbana en el suelo de conservación.

Según el decreto, las áreas de valor ambiental que rodean los asentamientos humanos y rurales en suelos de conservación desempeñan un papel crucial al crear fronteras naturales que regulan su expansión. Estos espacios también se destinan como áreas públicas para la recreación y el esparcimiento.

Adicionalmente, la normativa establece que las áreas verdes deben expandirse o al menos mantener su tamaño actual. En caso de reducciones debido a proyectos públicos o privados, estas deben ser compensadas con superficies iguales o mayores, promoviendo la reintroducción de especies nativas o naturalizadas en la Ciudad de México.

Se subraya también el fortalecimiento de la captación, tratamiento y reutilización del agua de lluvia. Se introducen nuevas categorías como 'cuerpos de agua' y se elimina el término 'suelo rural', reemplazándolo por 'zonas sujetas a conservación ecológica'.


A partir del viernes 19 de julio entrará el vigor el decreto. Las reglamentaciones derivadas de esta ley deben ser emitidas en los ciento ochenta días hábiles siguientes a su implementación.

¿Cuáles serán las multas por incumplimiento?

Según el artículo 19, las multas establecidas van desde 300 hasta 50,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a montos que oscilan entre 32 mil 571 y 5 millones 428 mil 500 pesos para personas físicas.

En el caso de personas morales, las sanciones van de 1,000 a 600,000 UMA, es decir, entre 108 mil 570 y 65 millones 142 mil pesos. Los ingresos derivados de estas multas se destinarán a la Subcuenta para la reparación del daño y la gestión ambiental del Fondo Ambiental Público de la Ciudad de México.

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