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México

Niega INE medidas cautelares contra Santiago Creel y Kenia López Rabadán

El Instituto Nacional Electoral (INE) negó medidas cautelares contra Santiago Creel Miranda y Kenia López Rabadán, por presunta realización de actos anticipados de precampaña y camapaña.

El Instituto Nacional Electoral (INE) negó medidas cautelares contra el diputado federal del Partido Acción Nacional (PAN), Santiago Creel Miranda, y la senadora del mismo partido, Kenia López Rabadán. Foto: Facebook Santiago Creel / Kenia López Rabadán
El Instituto Nacional Electoral (INE) negó medidas cautelares contra el diputado federal del Partido Acción Nacional (PAN), Santiago Creel Miranda, y la senadora del mismo partido, Kenia López Rabadán. Foto: Facebook Santiago Creel / Kenia López Rabadán

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Por: Erwin Contreras

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CIUDAD DE MÉXICO.- El Instituto Nacional Electoral (INE) negó medidas cautelares contra el diputado federal del Partido Acción Nacional (PAN), Santiago Creel Miranda, y la senadora del mismo partido, Kenia López Rabadán, por presunta realización de actos anticipados de precampaña y camapaña, uso indebido de recursos públicos, y promoción personalizada derivado de declaraciones, entrevistas, publicaciones en redes sociales, y en un medio de comunicación impreso realizadas durante una conferencia llamada 'Situación Política del País, con miras al 2024' que se llevó a cabo en la Expo Guadalajara el 29 de junio de 2022.

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) consideró que no procede el retiro de las publicaciones en YouTube, Twitter y Facebook, pues de un análisis preliminar, no se advierte la urgencia o peligro en la demora, ya que será hasta el mes de septiembre de 2023 que dará inicio el Proceso Electoral Federal 2024 y para su consulta debe existir la voluntad de las personas que busquen conocer los contenidos; además, respecto de la publicidad pagada, ya concluyó su difusión.

Instituto Nacional Electoral (INE), 

.

 Sobre las publicaciones en medios digitales, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió que no proceden las medidas cautelares, ya que aparentemente es una actividad que forma parte de la labor periodística amparada bajo la libertad de expresión. También negó la tutela preventiva solicitada al considerar que se trata de hechos futuros de realización incierta, ya que no se tiene constancia de que se llevarán a cabo algún otro de características similares.

Respecto del uso indebido de recursos públicos, es un tema que resolverá en el fondo del asunto la Sala Regional Especializada del Tribunal del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Instituto Nacional Electoral (INE), 

.


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