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¿Hay multas a empresas por contaminar ríos en Nuevo León? Aquí te decimos

En Nuevo León, tras un derrame en San Nicolás, se investigarán las sanciones a empresas por contaminar ríos.

Liquido rojo que hubo en el río de San Nicolás de los Garza. Foto: POSTA MX.
Liquido rojo que hubo en el río de San Nicolás de los Garza. Foto: POSTA MX.

Publicado el

Por: Antonio López

MONTERREY, Nuevo León.- Después de que la noche del lunes 23 de septiembre, se detectó el derrame de un líquido de color rojo en un arroyo de San Nicolás de los Garza, las autoridades emitieron que investigarán a fondo para saber que medidas tomar.

Pero ante ello, quizás es de saber que tipo de sanciones se pueden aplicar por contaminar en Nuevo León.

Estás pueden incluir multas, clausuras, arresto administrativo, decomiso y suspensión o revocación de permisos, licencias, autorizaciones o concesiones.

¿Cuánto te cuesta el contaminar un río?

De acuerdo con los impuestos verdes emitidos por el Gobierno del estado de Nuevo León en su apartado por contaminar el agua:

C. Impuesto por la Emisión de Contaminantes en el Agua.

Son sujetos de este impuesto, las personas y las unidades económicas, que por sí mismas o a través de intermediarios, depositen, desechen o descarguen alguna de las sustancias contaminantes señaladas en la Ley en cuerpos de agua ubicados en el Estado, siempre que excedan los límites máximos permisibles, establecidos en la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-1996.

El impuesto se calcula aplicando la cuota del 1.10 ($105.84) por cada metro cúbico afectado.

Antecedentes

En 2018, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) de México, impuso una multa de 2 millones de pesos a una empresa por derramar aceite reciclado en el río Santa Catarina, La Silla y San Juan.

En Escobedo, se han aplicado multas de más de 103 mil pesos a personas que han contaminado.

Las infracciones ambientales son acciones u omisiones que violan las reglas jurídicas para el uso, disfrute, promoción, protección y recuperación del medio ambiente.

La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente establece que, en caso de no pagar una multa de medio ambiente, se puede aplicar un arresto administrativo de hasta 36 horas.

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