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Yucatan

Avanzan iniciativas para despenalizar el aborto en Yucatán

Se espera que el tema se discuta y vote el próximo miércoles en la Sesión del Pleno del Congreso del Estado de Yucatán.

¿Qué contempla esta reforma al Código Penal del estado?. Foto: Alejandra Vargas
¿Qué contempla esta reforma al Código Penal del estado?. Foto: Alejandra Vargas

Publicado el

Por: Alejandra Vargas

MÉRIDA, Yucatán.- Las Comisiones Unidas de Justicia y Seguridad Pública, así como de Salud y Seguridad Social del Congreso de Yucatán, aprobaron el dictamen que contempla la reforma al Código Penal del estado que despenaliza el aborto hasta las 12 semanas.

Esto sucede luego de varias semanas de encuentros y desencuentros entre grupos pro vida y grupos pro aborto, que se manifestaron en relación con la discusión de la despenalización de la interrupción del embarazo en Yucatán.

Del mismo modo, en días pasados, la agrupación Marea Verde hizo un llamado a la despenalización del aborto, exigencia que ha sido replicada por diversas activistas y colectivas feministas en el estado.

¿Qué contempla esta reforma al Código Penal del estado?

Este dictamen se origina en las iniciativas presentadas por las diputadas Clara Paola Rosales de Morena y Larissa Acosta de Movimiento Ciudadano.

Su aprobación contempla la reforma a los artículos 389, 390, 391 y 393, así como la derogación del artículo 392 y la adición de varias disposiciones al Código Penal de Yucatán y a la Ley de Salud del estado.

Con lo que las mujeres y personas con capacidad de gestar podrían interrumpir el embarazo hasta la semana 12.

¿Qué procede ahora que se aprobó en comisiones?

Una vez aprobado este dictamen en comisiones, pasará para su discusión y votación en la Sesión del Pleno del Congreso del Estado de Yucatán, lo cual puede suceder este miércoles 9 de abril.

¿Cuál es el castigo por la interrupción del embarazo en Yucatán?

De acuerdo con el actual Código Penal de Yucatán, la interrupción del embarazo en el estado es castigada.

El artículo 392 sanciona con 3 meses hasta un año de prisión a todas las mujeres que cometan un aborto de manera voluntaria.

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Mientras que el artículo 390 penaliza con 1 a 5 años de prisión a todas las personas que hagan abortar a una mujer.


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