Reparto de utilidades: esto es todo lo que debes saber sobre este derecho laboral
Las utilidades, derecho laboral

CIUDAD DE MÉXICO.- Las utilidades son de las prestaciones más importantes, con una historia muy interesante. Cada mes de mayo, los trabajadores de cualquier empresa privada, quedan a la espera de esta prestación; sin embargo, muchos desconocen cómo funciona esta prestación.
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¿Qué son las utilidades y cuando se reciben?
Las utilidades son un derecho laboral que se encuentra estipulado en la constitución; consisten en que el trabajador reciba una parte de las ganancias, que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva, a los servicios que ofrece el mercado.
La fecha máxima para recibirlas es hasta el 30 de mayo en caso se que la empresa sea de carácter moral, mientras que los trabajadores que laboren en empresas de carácter físico, deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio.

¿Qué salario debe considerarse como base de reparto de utilidades?
Solo se debe considerar el salario por cuota diaria, sin incluir otros ingresos como tiempo extra, gratificaciones, primas o cualquier otro derivado de su trabajo. Cuando el salario sea variable, se tomará como cuota diaria el promedio correspondiente al total percibido durante el año.
En el caso de los trabajadores de confianza se tomará como salario tope, base del reparto de utilidades, el resultante de sumar 20% al salario del trabajador sindicalizado o de base de más alto salario, elevado al año. Es importante saber calcular cuánto de utilidades debes recibir. En caso de no recibir lo que es, la PROFEDET es la institución a la que se puede acudir.
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¿Qué trabajadores aplican para las utilidades?
El reparto de utilidades es aplicable para los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de $300 mil pesos o más, según su declaración fiscal 2016, y que tengan más de un año en funcionamiento.
Bajo estas condiciones, los trabajadores tendrán derecho al Reparto de Utilidades, independientemente de que ya no laboren en la empresa en cuestión o tenían contrato por obra determinada.
¿Para qué tipo de trabajadores no aplica el reparto de utilidades?
El reparto de utilidades no es aplicable para trabajadores domésticos; directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón.
Asimismo, se exenta de dicho reparto a empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento; al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
A empresas cuyo capital sea menor al que fija la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, y a instituciones de asistencia privada que realicen acciones con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios
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Las utilidades son un pago anual que, por derecho, te pertenece. Si crees que ya cumpliste el tiempo para recibir la prestación, queda atento a la fecha de recepción de tu empresa. Es importante que cheques, cómo será el reparto de utilidades para este 2025.