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Alerta atmosférica en Monterrey por contingencia ambiental: culpan a tolvaneras

La Secretaría de Medio Ambiente de Nuevo León este viernes 12 de enero emitió la alerta atmosférica sustentada en su Programa de Respuesta a Contingencias y el Índice Aire y Salud.

Luego de los fuertes vientos registrados en los últimos días, la Zona Metropolitana de Monterrey ha registrado un alta concentración de PM10. Foto: POSTA Nuevo León
Luego de los fuertes vientos registrados en los últimos días, la Zona Metropolitana de Monterrey ha registrado un alta concentración de PM10. Foto: POSTA Nuevo León

Publicado el

Por: Jesús Morales

MONTERREY, N.L.- Este viernes 12 de enero, el Gobierno del Estado de Nuevo León, a través de su Secretaría de Medio Ambiente, emitió una alerta atmosférica por contingencia ambiental en la ciudad de Monterrey.

La alerta fue difundida por medio de un comunicad, en el que se hace aviso que se encuentra en una fase de alerta como parte del Programa de Respuesta a Contingencias y el Índice Aire y Salud.

La respuesta viene después de que se han detectado altas concentraciones de partículas menores a 10 micrómetros (PM10) en la Zona Metropolitana de Monterrey. Sin embargo, en lo que se afirma en el comunicado es que la razón de la aleta es debido a las tolvaderas que se han registrado en lo últimos días, luego de los fuertes vientos registrados en la región, los cuales han tenido velocidades de más de 25 km/h y que han visto su efecto acrecentado gracias a las condiciones de baja humedad.

Debido a esto, la Secretaría de Medio Ambiente de Nuevo León urgió, con base al Programa de Respuesta a Contingencias y el Índice Aire y Salud, a tomar las siguientes medidas, cuyas estipulaciones están divididas para aplicarse en varios rubros de la ciudad. Asimismo, el comunicado fija que todas las deberán “ser vigiladas por las autoridades federales competentes.” 

Población en General

  •  Evitar actividades al aire libre (aún en patios y jardines).
  • Niños y niñas menores de 12 años, adultos mayores de 65 años, mujeres embarazadas y personas con padecimientos bronco-respiratorios y
    cardiovasculares deben mantenerse en interiores.
  • En caso de presentar malestar de las vías respiratorias, llamar al servicio médico.
  • No realizar ejercicio al aire libre.
  • No usar pirotecnia.
  • No encender fogatas.
  • Realizar mantenimiento periódico de los vehículos. 

Escuelas y planteles educativos

  • Dar seguimiento a monitoreo de calidad del aire.
  • Cancelar actividades cívicas, culturales, deportivas y de recreo al aire libre.
  • Mantener cerradas puertas y ventanas.
  • Apagar motores vehiculares de transporte escolar y autos particulares en tiempos de
    espera.
  • Humectar áreas sin cubierta vegetal.
  • Mantener alerta al servicio médico para atender cualquier malestar de alumnado y personal
    escolar.

 Vehículos automotores

Las Autoridades Federales, Estatales y Municipales deberán asegurar que no circulen vehículos contaminantes.
Asimismo, deberán asegurar que los vehículos carreteros y no carreteros, usados en sus obras, minimicen sus emisiones.

 Empresas de Competencia Federal 

  • Usar equipos anticontaminantes.
  • Humectar patios, construcciones y vialidades.
  • Reducir las actividades a la intemperie, mantenimientos, pintura y soldadura, u otras que generen el contaminante por el que se decretó la Alerta.
  • La refinería debe minimizar las emisiones de todas sus actividades y proceso operativos y auxiliares. 

Empresas de competencia Municipal

  •  Reducir las actividades a la intemperie, mantenimientos, pintura y soldadura, u otras que generen el contaminante por el que se decretó la Alerta.
  •  Limpiar y mantener humectadas las áreas de trabajo en las que se realicen obras de mantenimiento urbano, especialmente de pavimentación.

Establecimientos de elaboración de alimentos.

  • Deben minimizar sus emisiones.

Empresas de Competencia Estatal

  • Realizar acciones adicionales para minimizar la emisión de partículas en patios, cubriendo o humectando los materiales almacenados a granel; reduciendo las actividades a la intemperie, mantenimientos, pintura y soldadura, u otras que generen el contaminante por el que se decretó la Alerta.
  • Mantener limpias las áreas pavimentadas y realizan riego de las superficies que carecen de algún tipo de tratamiento superficial.
  • Mantener en operación óptima los sistemas anticontaminantes de sus equipos generadores de emisiones,
  • Extremar las medidas de humectación en patios, caminos y toda superficie que carezca de un tratamiento superficial, y minimizan el tránsito de vehículos en vialidades que no estén pavimentadas.
  • En el caso de empresas extractoras de materiales no reservados a la federación, garantizar la humectación en sus patios, y asegurar que los materiales almacenados se encuentren en áreas cerradas, cuenten con algún tipo de cubierta o estén suficientemente humectados para evitar resuspensión de partículas. 

Construcciones

  • Deben mantener suficientemente humectadas todas las superficies que no cuentan con cobertura vegetal, para minimizar la generación de emisiones, y tomar las medidas necesarias para evitar resuspensión de partículas del material almacenado a granel y durante el tránsito de vehículos.
  • Para la actividad de transporte de materiales de construcción, deben mantener el material humectado y las cajas deberán estar selladas utilizando lonas que eviten la dispersión de materiales.
    Manejo de residuos sólidos urbanos y/o de manejo especial.
  • Asegurar que no haya quema de combustibles o cualquier material a cielo abierto, incluso para el entrenamiento de brigadas contra incendio.
  • Se prohíbe la quema de basura bajo cualquier circunstancia 

Manejo de residuos sólidos urbanos y/o de manejo especial

  •  Asegurar que no haya quema de combustibles o cualquier material a cielo abierto, incluso para el entrenamiento de brigadas contra incendio.
  • Se prohíbe la quema de basura bajo cualquier circunstancia.

Ligas deportivas infantiles

  • No realizar actividades al aire libre.
  • Suspender ensayos, prácticas deportivas y partidos.

Equipos deportivos que tengan partidos locales
 

  • Se prohíbe el uso de pirotecnia en sus instalaciones, conforme a lo establecido en la Ley Ambiental del Estado de Nuevo León.
  • Se prohibe realizar quema de combustibles sólidos en sus instalaciones.
  • Deberán considerar la cancelación del partido o la realización del mismo en sede
    alterna, para evitar riesgos de salud. 
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