Suspenden a policías “maquillistas” de la SSP Yucatán tras video viral
Los hechos habrían ocurrido en un parque del fraccionamiento Yucalpetén la tarde del pasado jueves
La SSP informó que suspendió a dos policías “maquillistas” luego de que se volviera viral un video en redes sociales en el que se ve a uno de los agentes pintar labios y rostro a un hombre en situación de calle mientras otro se burlaba de él.
¿Dónde fue grabado el video en el que policías pintan a una persona?
El hecho habría ocurrido la jornada del jueves pasado alrededor de la 1:30 de la tarde en un parque del fraccionamiento Yucalpetén de Mérida y habría sido grabado por estudiantes de una secundaria cercana al lugar donde se realizó la lamentable acción.
En el clip de 11 segundos de duración se ve al hombre en situación de calle ser denigrado por los agentes de la corporación estatal. Mientras uno le pinta la boca y la cara, otro se burla de él. No se sabe el motivo por el cual los policías realizaron el hecho.
Se detectó que ambos agentes iban en la patrulla 4011 del sector poniente que está a cargo del Comandante Jorge Albert Camargo.
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¿Qué señala el comunicado de la SSP sobre el video viral?
Ante este acontecimiento, la Secretaría de Seguridad Pública del Estado (SSP) emitió un comunicado en sus redes sociales la mañana de este viernes en el que menciona la suspensión inmediata de ambos elementos, luego de que el vídeo se volviera viral.
La corporación policiaca exhortó a la ciudadanía a reportar cualquier comportamiento fuera del marco legal utilizando los canales oficiales de atención a fin de fortalecer el trabajo institucional.
Reiteró su compromiso con el profesionalismo, el respeto a los principios institucionales y el estricto cumplimiento de la normatividad vigente, agregando que toda conducta que se aparte de estos valores será sancionada conforme a los procedimientos establecidos.
¿Cuáles son las sanciones que reciben agentes de la SSP?
Las sanciones aplicables a los elementos de la SSP por conductas inapropiadas contra ciudadanos están reguladas por la Ley de Seguridad Pública del Estado de Yucatán. Estas sanciones pueden ser administrativas o penales, dependiendo de la gravedad de las faltas cometidas.
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Las sanciones pueden ser las siguientes:
- Amonestación: Advertencia formal al infractor.
- Arresto de hasta 36 horas: Privación temporal de la libertad.
- Multa: Pago de uno a cincuenta días de salario mínimo vigente en el Estado.
- Inhabilitación: Prohibición de ingresar a cualquier corporación policial del Estado por un período de hasta 15 años.
- Destitución del cargo: Separación definitiva del puesto.
- Otras sanciones: Las establecidas por otros ordenamientos legales aplicables.
En caso de que las conductas constituyan delitos conforme a la ley penal, los titulares de las corporaciones están obligados a poner a los infractores a disposición de la autoridad competente para su procesamiento legal.
Asimismo, las Comisiones de Honor y Justicia dentro de las corporaciones policiales tienen la facultad de analizar y calificar las sanciones impuestas, además de evaluar el comportamiento y actuación de los elementos involucrados.
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