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¿Qué dice la ley en Coahuila sobre los Uber, Didi e Indriver?

El servicio de transporte entre particulares a través de plataformas tecnológicas como Didi, Uber e Indriver ha estado en polémica en las últimas semanas.

Se tienen que cumplir ciertos requisitos para brindar servicio en plataformas de transporte en Coahuila. (Fotografía: Canva)
Se tienen que cumplir ciertos requisitos para brindar servicio en plataformas de transporte en Coahuila. (Fotografía: Canva)

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Por: Leslie Delgado

SALTILLO, Coahuila.- La Ley de Transporte del Estado de Coahuila de Zaragoza contempla un marco regulatorio para el servicio de transporte entre particulares, es decir, para plataformas tecnológicas como Didi, Uber e Indriver.

El servicio de transporte entre particulares, que opera a través de empresas de redes de transporte, no estará sujeto a itinerarios, rutas o tarifas fijas. Esto significa que los conductores, vinculados a empresas autorizadas, podrán ofrecer sus servicios a usuarios registrados en plataformas tecnológicas sin restricciones tradicionales.

Según el “Artículo 39-B” estos servicios podrán prestarse utilizando vehículos particulares que, a pesar de no requerir una concesión formal, deberán estar registrados ante una empresa de redes de transporte con el debido registro otorgado por la Secretaría del Estado.

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 ¿QUÉ DOCUMENTOS DEBEN PRESENTAR?

Para obtener dicho registro, las empresas deberán presentar una serie de documentos, incluyendo su acta constitutiva, información de contacto, y una relación de los conductores y vehículos que operan bajo su plataforma. También deberán garantizar un seguro con cobertura amplia para responder ante posibles daños y perjuicios causados durante la prestación del servicio.

Los vehículos empleados en este tipo de transporte deberán cumplir con requisitos específicos, tales como tener una antigüedad máxima de cinco años, contar con medidas de seguridad adecuadas y estar debidamente registrados en el estado de Coahuila. Entre las obligaciones de las empresas se destaca la responsabilidad de capacitar a sus conductores y asegurar que los vehículos cumplan con las normas de seguridad vigentes.


¿SE PUEDE PAGAR EN EFECTIVO?

Adicionalmente, se establece que el pago por el servicio deberá realizarse exclusivamente a través de medios electrónicos, prohibiéndose así el cobro en efectivo. Los conductores no podrán recibir pagos directamente ni ofrecer servicios en la vía pública sin previa contratación a través de la plataforma correspondiente.

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La regulación también establece sanciones para los conductores que incumplan con las disposiciones y obliga a las empresas a aportar un porcentaje de cada viaje al fondo de movilidad y auto de alquiler, promoviendo un uso responsable y seguro de este servicio.

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