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México

Reforma al Poder Judicial: Luisa María Alcalde la explica punto por punto

Durante la conferencia matutina del lunes 12 de febrero, la secretaria de Gobernación, explicó los puntos, objetivos y nuevos parámetros que desea establecer la reforma enfocada en el Poder Judicial

Luisa Maria Alcalde, en su participación en la conferencia matutina del 12 de febrero de 2024, sobre la reforma al Poder Judicial. Fuente: YouTube
Luisa Maria Alcalde, en su participación en la conferencia matutina del 12 de febrero de 2024, sobre la reforma al Poder Judicial. Fuente: YouTube

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Por: Jesús Morales

CIUDAD DE MÉXICO.- Durante la conferencia mañanera de este lunes 12 de febrero, Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, explicó la reciente iniciativa para reformar el Poder Judicial.

Previo a ello, el presidente Andrés Manuel López Obrador acusó que el Poder Judicial estaba “tomado” y “secuestrado”, “al servicio de una minoría rapaz”, a lo que agregó que “está al servicio de la delincuencia llamada organizada y de la delincuencia de cuello blanco”.

Asimismo, reiteró que para él, “la participación de la gente, con la democracia”, es la única manera en que “vamos a poder avanzar”, en lo que respecta a la elección de los integrantes de dicho poder, como jueces, magistrados y ministros.

Minutos más tarde, Alcalde retomaría el tema para así dar una perspectiva sobre los puntos que se desean reformar y cómo plantean que pueda funcionar dicho poder bajo los cambios que proyectan hacer.

En los primeros momentos de su participación, dijo que esta es “una de las principales reformas” del reciente paquete de 20 iniciativas, así como que: 

tiene que ver con una reforma que responda el reclamo del pueblo de México de contar con una institución, un Poder Judicial, que imparta justicia, que sea independiente, que esté legitimado, pero, sobre todo, que resuelva sus problemáticas”.

Luisa María Alcalde,  - Secretaria de Gobernación.

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Sobre ello, también recalcó, que se busca que, dicho poder, sea “ajeno a intereses privados”, además de que sea sensible a las problemáticas que vive la ciudadanía, “que abone a combatir la impunidad” y, también, un “órgano que pueda ser vigilado, como cualquier servidor público”, para que no se actúe “al margen de la ley”.

Luego de esto, pasó a explicar los objetivos de la reforma, que se esbozaron en cuatro puntos. El primero de ellos, va sobre una nueva integración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que busca “eficiencia, austeridad y transparencia”.

El segundo punto, se enfoca en la elección popular de ministros, magistrados y jueces, los cuales serían legitimados a través del voto popular. En su tercer punto, la sustitución del Consejo de la Judicatura Federal, en búsqueda de un organismo que sí cuente con instancias que vigile al organismo de forma independiente.

En el cuarto y último punto, sobre las nuevas reglas procesales, con el objetivo de que la justicia sea “rápida” y equilibrio de poderes.

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Nueva Integración de la SCJN

Por un lado, se buscará que el número de ministros se reduzca a 9, de los actuales 11 que hay, cosa que redondeó Alcalde, diciendo que “no es necesario contar con esa cantidad”, de ahí la reducción.

A la par, será reducido el periodo en el que operarán, los cuales pasarían de 15 a 12 años. Asimismo, otro punto va sobre la desaparición de las dos Salas, las cuales Alcalde llamó ser “muy opacas en la resolución de sus conflictos”, por lo que se buscaría que solo se sesione en Pleno y por medio de sesiones públicas, así como transparentes.

Otro punto busca la eliminación de la pensión vitalicia, el “haber de retiro”, para actuales y futuros ministros y ministras, por ser muy “onerosas”.

En su último punto, lo cual enfatizó Alcalde que es un punto que ya está establecido en la Constitución, pero que, para ellos, es importante sea ahora “mucho más clara, que las remuneraciones de los ministros y ministras deben ajustarse al tope salarial máximo que es el del presidente

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Elecciones por voto popular de ministros, magistrados y jueces

Se explicó que habrá una elección extraordinaria a realizarse, en caso de aprobarse la reforma, en 2025 para renovar a todos los jueces, magistrados y ministros; “es decir, por esa ocasión, en esa elección extraordinaria habría una votación integral de todo el Poder Judicial”, dijo.

Tras esto, explicó sobre cómo podrán seleccionar los candidatos dispuestos a elección. En este rubro entrarán ministros de la SCJN, magistrados del Tribunal Electoral y del Tribunal de Disciplina, que es una nueva figura y es parte de esta iniciativa de reforma.

Estos se elegirían a nivel nacional, luego de las elecciones extraordinarias, por elecciones ordinarias a partir de 30 propuestas. El Poder Ejecutivo propondría 10 candidatos, el Legislativo también propondría 10 (Cinco Cámara de Diputados y cinco Cámara de Senadores), y, el Judicial, por medio de la SCJN, propondría otros 10.

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Todos estarían integrados para cada cargo antes dicho (ministro de la SCJN, magistrado del TEPJF y magistrado Tribunal de Disciplina Judicial).

Asimismo, se especificó que, para el caso de los 1633 Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito, cada uno también deberán ser votados por su entidad federativa, lo que es igual a 32 distritos judiciales. Estos serán postulados por 6 candidaturas paritarias, dos por el Ejecutivo, dos por el Legislativo y dos por el Judicial.

Para el proceso electoral y sus resultados, el Senado se encargará de verificar que las candidaturas cumplan con los requisitos, tanto los de formación como los de experiencia profesional.

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Además, sería el INEC, el instituto que se busca en la reforma electoral remplace al INE, quien organizará la elección. Por lo que las campañas durarán 60 días, sin financiamiento público o privado, con posibilidad de tener acceso a televisión y radio para difundir sus propuestas o participar en debates.

A la vez, se señaló que los partidos políticos no podrán realizar proselitismo, a favor o en contra, sobre los candidatos, “es un proceso ajeno a los partidos políticos”, enfatizó Alcalde.

El TEPJF deberá resolver impugnaciones y declarar resultados, con excepción de sus propios integrantes, los cuales serán declarados por la SCJN.

Aunado a esto, se habló sobre reglas específicas, donde se dijo que el Senado determinaría, en ausencia definitiva de alguno de los cargos ya dichos, para designar una persona interina que lo ocupe.

Sobre esto, en caso de ministros de la SCJN y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, sería una terna propuesta del Ejecutivo. En el caso de Magistrados de Circuido y Jueces de Distrito, el Órgano de Administración de Justicia propondría la terna. Finalmente, en el caso de magistrados del TEPJF, la terna sería propuesta por la SCJN.

 

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Sustitución del Consejo de la Judicatura Federal 

Sobre este punto, Alcalde se refirió que este es un “elemento fundamental en la reforma”, pues, en palabras de la secretaria de Gobernación, parte del “gran problema” que hay en el Poder Judicial es “la falta de vigilancia”, ya que no hay forma de “vigilar una actuación correcta por parte de los juzgadores”.

De esta forma, la reforma buscará crear el Tribunal de Disciplina Judicial, que estaría integrado por cinco magistrados electos por voto popular, con un periodo de seis años. Las tareas de este órgano será recibir denuncias de cualquier ciudadano o autoridad, para investigar delitos de corrupción, tráfico de influencias, nepotismo, complicidad encubrimiento de supuestos delincuentes, o cuando sus resoluciones no se ajusten a “principios de objetividad, imparcialidad, independencia, profesionalismo o excelencia”.

Este organismo podrá emitir sanciones, que van de amonestaciones, multas, suspensiones o destituciones (con excepción de ministros), a la vez de que podrá dar vista al Ministerio Público, para el caso de delitos, o solicitar juicios políticos ante el Congreso de la Unión.

De manera paralela, existirá el Órgano de Administración, que también será independiente de la SCJN. Este también será integrado por cinco personas que permanecerán en su cargo por seis años. Estos serán nombrados de la siguiente forma: uno por el Ejecutivo, uno por el Senado y tres por la SCJN.

Estos serán responsables de las funciones administrativas de la carrera judicial y del control interno, así como de elaborar los presupuestos del Poder Judicial.

 

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Nuevas reglas procesales

Como primer punto, se establece un plazo máximo de seis meses para la resolución de casos fiscales y, un año, para asuntos penales. En caso de rebasar el plazo, los juzgadores deberán justificar las razones de la dilatación de los plazos al Tribunal de Disciplina Judicial, quien podrá investigar y sancionar la demora.

Por otro lado, la reforma prohibe otorgar suspensiones contra leyes con efectos generales en amparos, controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad. Sobre este punto, Alcalde puso de ejemplo la reciente resolución de inconstitucionalidad de la Ley Eléctrica de 2021.

En otro punto, se dijo que los Poderes Judiciales de cada entidad federativa, deberá establecer reglas para la elección directa de sus magistrados y jueces, para que se renueve la justicia local en cada estado.

Por último, sobre los fideicomisos del Poder Judicial, se dijo que, donde se dijo que, una vez que se concluyan los juicios pendientes, estos tendrán que reintegrarse al Fondo de Pensiones para el Bienestar. 

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